«No nos tembló el pulso de denunciarlos. Si alguien hizo las cosas mal tiene que pagarlo. Es un proceso sospechado», había expresado el ex intendente radical Luis Baldo en una entrevista realizada por este medio el mes de marzo pasado, sobre la denuncia que realizó en 2021 sobre la inconstitucionalidad de las ordenanzas 3063 y 3138 y sobre la cual volvió a presentar una ampliación cuando se dio a conocer la convalidación del Plan de Ordenamiento Municipal (POM) a cargo del gobierno de la Provincia. La novedad judicial que se dio a conocer en las últimas horas es que la Suprema Corte bonaerense se pronunció al respecto y dictó una medida cautelar que ordena «la suspensión de la habilitación y ejecución de obras de construcción en la zona costera estrictamente alcanzada por el art. 142 del Código de Aguas, en especial las del complejo habitacional «Solanas».
Nota en producción.
En las últimas horas hubo una novedad muy importante relacionada al Plan de Ordenamiento Municipal (POM) que en el mes de marzo de este año fue convalidado por el gobierno de Axel Kicillof.
En ese mismo mes, el ex intendente y concejal radical Luis Baldo, volvió a recurrir a la justicia, ya lo había hecho en 2021 cuando objetó la inconstitucionalidad de la ordenanza. En ese momento el dirigente radical se expresó sobre la posibilidad de que la Corte provincial se expida al respecto y consideró que «a partir de la convalidación de esta ordenanza por parte del gobierno de la provincia es un motivo más que claro y suficiente para que se conceda el amparo, básicamente que se hagan los estudios de impacto ambiental para ver si tenemos la capacidad de recibir la obras que se plantean».
Siete meses después la Suprema Corte se expidió y dictó la medida cautelar que detalla: «Hacer lugar parcialmente a la medida cautelar requerida, ordenando la suspensión de la habilitación y ejecución de obras de construcción en la zona costera estrictamente alcanzada por el art. 142 del Código de Aguas, en especial las del complejo habitacional «Solanas», emplazado en la localidad de Mar Azul frente a la ribera marina e impulsado por el Grupo Portland, hasta tanto se dicte sentencia definitiva en autos (arts. 204, 230, 232 y concs., CPCC)».
Las ordenanzas 3063 y 3138 de la Municipalidad de Villa Gesell sancionadas en el año 2021 fueron convalidadas por el gobierno provincial mediante la Resolución 2023-161 que convalida la normativa vigente en el partido y cuenta con el visto bueno de la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, propiciando la presente gestión y compartiendo los informes técnicos y legales que le precedieron, entre otras competencias provinciales.
El amparo presentado por Baldo buscaba que la justicia frene la implementación del nuevo POM y «básicamente que se hagan los estudios de impacto ambiental para ver si tenemos la capacidad de recibir la obras que se plantean en esas ordenanzas y los servicios necesarios que son: agua, saneamiento, energía y que evidentemente no están, más allá de una clara afectación de la cuestión del medio ambiente», había resaltado en el mes de marzo en diálogo con este medio y es lo que está sucediendo por estas horas.
Una de las grandes críticas e infinidad de reclamos que se debatieron a nivel comunidad con el COU impulsado por el intendente Gustavo Barrera es que eleva la cantidad de metros de construcción en altura en el frente marítimo.
Para Baldo y muchos de los detractores del COU hay una connivencia entre el gobierno de la provincia con el gobierno municipal y el interés está en favorecer nuevos negocios de funcionarios municipales y «negocios turbios detrás del discurso de pro desarrollo que dicen que es el objetivo que tiene este COU».
«Si se da el amparo se deberá hacer todo el proceso como corresponde. Es una ordenanza muy importante como para que se haga todo como se hizo hasta ahora», había explicado Baldo a principio de año.
«No nos tembló el pulso de denunciarlos. Si alguien hizo las cosas mal tiene que pagarlo. Es un proceso sospechado», lanzó Baldo, sobre la denuncia que realizó individualmente en 2021, pero también haciendo alusión a la que hizo en 2019 en nombre de todo el cuerpo de concejales de todos los bloques políticos cuando ejercía como presidente del Concejo Deliberante, Fiscalía Anticorrupción de Dolores y que tuvo como finalidad denunciar la maniobra del ex secretario de Planeamiento con la modificación del COU, con el fin de que la justicia investigue la posible comisión de un delito por parte de Galli y sus intereses particulares, a partir de el beneficio que esta norma modificada le brindaría a él y otros funcionarios y socios en especial para el desarrollo de proyectos inmobiliarios».
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