Las defensas de Matías Farías, con pena de prisión perpetua, y Juan Pablo Offidani, condenado a 15 años de prisión por su condición de partícipe secundario del abuso sexual y femicidio de la adolescente marplatense Lucía Pérez , habían presentado un recurso para que el fallo sea revisado y, en función de fundamentos expuestos en esta presentación, disponga “la libre absolución e inmediata libertad» de los imputados.
La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó este martes por unanimidad los planteos de los acusados Matías Gabriel Farías y Juan Pablo Offidani, condenados por el femicidio de Lucía Pérez, ocurrido en Mar del Plata hace seis años. Los cuestionamientos aludían a la orden de llevar adelante un segundo juicio oral contra los implicados. Pero con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte rechazó los planteos contra la realización de ese debate de por falta de sentencia definitiva o equiparable a tal. Así, tácitamente, confirmó la realización del segundo juicio
Precisamente, en marzo pasado, se llevó adelante ese segundo debate. Y allí el Tribunal Oral en lo Criminal N°2 de Mar del Plata condenó a Matías Gabriel Farías (29) y Juan Pablo Offidani (48) por el delito de abuso sexual agravado por la muerte de la adolescente.
El tribunal, integrado por Gustavo Fissore, Roberto Falcone y Alexis Simaz, por unanimidad determinó que Farías era el autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el suministro de estupefacientes en concurso real con femicidio, de modo que le impuso la pena de prisión perpetua. También se condenó a Offidani como partícipe secundario del mismo delito a 8 años de cárcel, pero le impusieron una pena única de 15 años de prisión.
Fuente Infobae
