A pesar de que en varias oportunidades desde el municipio y el bloque de concejales oficialistas comunicaron que en el hospital municipal ya se está trabajando con la tecnología necesaria para el traspaso de las historias clínicas a soporte digital, aún algunos pacientes o familiares de pacientes cuando solicitan una HC, la reciben en papel y muchas veces como en este caso imposibles de leer y comprender.
La Ley 26.529 de Derechos del Paciente en su Relación con los Profesionales e Instituciones de la Salud sancionada en 2009 se refiere a la historia clínica como el documento obligatorio cronológico, foliado y completo en el que conste toda actuación realizada al paciente por profesionales y auxiliares de la salud.
Esta ley, en su artículo 13 menciona a la historia clínica informatizada y detalla que «el contenido de la historia clínica, puede confeccionarse en soporte magnético siempre que se arbitren todos los medios que aseguren la preservación de su integridad, autenticidad, inalterabilidad, perdurabilidad y recuperabilidad de los datos contenidos en la misma en tiempo y forma. A tal fin, debe adoptarse el uso de accesos restringidos con claves de identificación, medios no reescribibles de almacenamiento, control de modificación de campos o cualquier otra técnica idónea para asegurar su integridad».
En el hospital municipal de Villa Gesell, después de varios años en donde por parte de intervenciones ciudadanas en el Concejo Deliberante se pidió por la digitalización de las historias clínicas y que sean encriptadas, lamentablemente y pese a haber sido difundido por la Municipalidad de Villa Gesell el progreso a este tipo de tecnología, las historias clínicas no solo siguen haciéndose en papel, sino que además, cuando algún paciente o familiar de paciente la solicita, se puede encontrar con una cantidad de hojas ilegibles e incompletas que puede perjudicar u obstaculizar procedimientos médicos, como también complejizar y damnificar el análisis de peritos ante casos de mala praxis.
Este caso que nos hicieron llegar sobre una historia clínica que prácticamente es en gran parte ilegible, es un ejemplo de lo que no debería suceder y que se traduce en la falta de profesionalismo y ausencia de empatía con quien está pidiendo esa historia clínica, la clara postura en la que el sistema de salud público geselino se para frente a los derechos de los pacientes y la normativa legal que los ampara.
El gobierno nacional es claro sobre esta situación y detalla que el paciente es titular de los datos de la historia clínica electrónica y en todo momento tiene derecho a conocer la información de la historia clínica electrónica.
Además, es bueno que los ciudadanos sepan que cuando el paciente, por su estado físico o psíquico, tiene una incapacidad o una dificultad para entender la información de su historia clínica, el representante legal del paciente o las personas que heredan los bienes del paciente pueden recibir esa información, respetando la protección de los datos personales del paciente, según la Ley 25.326.
Muy lejos está el sistema sanitario geselino de lo que propone el Programa federal único de informatización y digitalización de las historias clínicas para establecer el Sistema único de registro de historias clínicas electrónicas, respetando los derechos del paciente.
Mientras tanto, mientras en otros lugares la historia clínica digitalizada y cuidada es una realidad, en Gesell un sistema arcaico, descuidado y que atenta contra las normas y el derecho de pedir justicia, además, ante casos de mala praxis, es avalado no solamente por los responsables de la salud pública geselina, sino también por el poder político, que permite que una historia clínica sea entregada al requiriente como si fueran unos apuntes deslucidos e ininterpretables que no contuvieran nada importante; como si ese registro del accionar médico ante la atención de un paciente no significara nada. Esas hojas, muchas de ellas casi en blanco son una expresión más que clara de desidia y falta de respeto por la salud de los pacientes.