El trámite que esperaba ser aprobado por la Provincia de Buenos Aires y que tanto debate ocasionó en la comunidad geselina dentro y fuera del HCD, obtuvo el pulgar arriba desde La Plata después de un año y medio de haber sido votada la ordenanza en el HCD geselino a cargo de los concejales del Frente de Todos. El artículo 1 de la Resolución provincial describe: «Convalidar la Ordenanza N° 3063/2021, promulgada por Decreto N° 617/2021, y la Ordenanza N° 3138/2021 con su Anexo I, promulgada por Decreto N° 2138/2021, mediante las cuales el Municipio de Villa Gesell modifica la normativa vigente en el partido…». El documento resalta «que la propuesta se encuentra avalada por el Municipio de Villa Gesell, en su carácter de responsable primario del ordenamiento territorial». Queda el interrogante sobre la situación judicial vigente que dicho expediente cursa en la Fiscalia Anticorrupcción de Dolores luego de la denuncia realizada por el ex presidente del Concejo Deliberante Luis Baldo, por mandato de todos los concejales en octubre de 2019.
En el mes de julio de 2021, en el Concejo Deliberante de Villa Gesell se presentó sobre tablas el expediente que planteó la derogación de la ordenanza 3063/21, que había sido sancionada el 8 de febrero de ese año en el medio de un caliente debate por el Plan de Ordenamiento Municipal (POM).
En esa segunda vuelta, se presentó con la firma de los ex concejales oficialistas Sergio Coronel y Carlos Monge, un nuevo COU con las correcciones que había introducido la Dirección de Ordenamiento Urbano y Territorial de la Provincia de Buenos Aires al proyecto original, y que fueron patrimonio exclusivo del trabajo del arquitecto Gerardo Galli, «amo y señor» del COU.
El POM judicializado, en el cual la Justicia de Dolores solicitó las tramitaciones administrativas que constan en el Concejo Deliberante, en el marco de una causa que el propio HCD denunció por posibles negociados incompatibles con la función pública, parece hoy haber sorteado los obstáculos en las oficinas que responden al gobernado Axel Kicillof que queda en evidencia con la Resolución con fecha de ayer martes 21 de marzo.
Fue en 2019 cuando los concejales de todos los bloques, por unanimidad, aprobaron un proyecto presentado sobre tablas luego de que se conociera la maniobra del ex secretario de Planeamiento con la modificación del COU, con el fin de que la justicia investigue la posible comisión de un delito por parte de Galli.
Los concejales delegaron en el presidente del Cuerpo Luis Baldo realizar la denuncia ante la Fiscalía anticorrupción del Departamento Judicial Dolores, ante la presunción de un delito penal por parte del arquitecto Gerardo Galli.
En los considerandos, se lee en el documento:
Que se gestiona la convalidación provincial de la Ordenanza Nº 3063/21 promulgada por Decreto
N° 617/21 por la que se aprueba el “Plan de Ordenamiento Municipal” (POM) para el partido y la
Ordenanza N° 3138/21, promulgada por Decreto N° 2138/21, que sustituye el documento del
Plan de Ordenamiento por un nuevo cuerpo;
Que la propuesta se encuentra avalada por el Municipio de Villa Gesell, en su carácter de
responsable primario del ordenamiento territorial;
Que la Dirección de Planificación Urbana y Territorial, entiende que se ha cumplimentado el
trámite tendiente a la convalidación de la normativa gestionada;
Que se expidió la Dirección Técnica-Legal verificando el cumplimiento de las disposiciones
legales y reglamentarias vigentes, relativas a los procedimientos administrativos sometidos a su
consideración;
Que se expidió la Dirección Provincial de Ordenamiento Urbano y Territorial, propiciando la
presente gestión y compartiendo los informes técnicos y legales que le precedieron;
Que ha tomado conocimiento la Subsecretaría de Territorio y Desarrollo Sustentable;
Que ha tomado intervención en razón de su competencia la Asesoría General de Gobierno;
LA PLATA, BUENOS AIRES RESO-2023-161-GDEBA-MGGP Martes 21 de Marzo de 2023.
Resalta en el escrito que en el artículo 2 la pretensión de «establecer que en materia de infraestructura, servicios y equipamiento comunitario deberá darse cumplimiento a lo regulado por los artículos 56º, 62º y 63º del Decreto-Ley Nº 8912/77 (T.O por Decreto Nº 3389/87 y modificatorios) en el momento de aprobarse el plano de subdivisión y/o materialización del uso».