Una ordenanza que busca sancionar fiestas clandestinas podría poner en la mira hasta un cumpleaños

La norma aprobada hoy en el Concejo Deliberante aclara que tiene por objetivo, debido a la gran cantidad de fiestas clandestinas que surgieron en el transcurso de la cuarentena, la necesidad de contar con una herramienta de control ante su desarrollo. Por eso, el proyecto enviado por el bloque Frente de Todos, establecerá multas que podrán oscilar entre diez hasta cincuenta mil MULT según se determine el/la responsable del encuentro. La letra de la norma no especifica detalles o limitaciones que deje afuera a reuniones y encuentros familiares.

La ordenanza define a “fiestas clandestinas” a cualquier tipo de acontecimiento, con fines de diversión, esparcimiento y socialización en forma eventual y esporádica. Con música o no, sin venta de entradas anticipadas, independientemente del lugar donde se desarrolle la actividad, sean espacios abiertos o cerrados, donde se venda, despache o no bebidas alcohólicas o alimentos de cualquier índole, y que se efectúen sin contar con el debido permiso y sin observancia de la normativa vigente.

En ese sentido, queda prohibido este tipo de actividad en todo el partido de Villa Gesell. En caso de comprobarse su realización, la ordenanza establece que: “Se efectuará la evacuación del lugar en forma inmediata con la colaboración de la autoridad competente”. En caso de que el hecho tenga lugar en una vivienda particular, la responsabilidad de la sanción recaerá en el/la propietario, poseedor/a de título del inmueble.

Asimismo, si el encuentro tiene como lugar un establecimiento comercial, se procederá a la clausura, de forma inmediata, recayendo la responsabilidad de la sanción en el titular de la habilitación conjuntamente al propietario.

A su vez, en referencia a los eventos clandestinos en espacios abiertos “(Playa, bosque, médanos, accesos etc) la responsabilidad de la sanción recaerá en el organizador de la fiesta”.